ACUERDO SOBRE BAILES PÚBLICOS
LAGUNA DE CAMEROS. AÑO 1944.
Para dar cumplimiento a la circular del Gobierno Civil de la Provincia publicada en el B.O. nº 113 de 21 de diciembre de 1944, relativa a Bailes Públicos, se reunieron el día 29 de diciembre de 1944, en la Sala Capitular del ayuntamiento laguchino presidido por el alcalde D. Andrés Solano Sáenz, los siguientes concurrentes: Comandante del Puesto de la Guardia Civil: D. Ildefonso Pérez; Juez Municipal: D. Vicente Sacristán; Cura Párroco: D. Valentín Reinares; Jefe Local de FET: D. Basilio Rodríguez y el Padre de Familia: D. Bernabé Tierno. En suma, las fuerzas vivas de la localidad más un representante de las familias del pueblo (1)
Por unanimidad, acordaron los siguientes puntos que transcribo literalmente:
1. Conceder el permiso para que se sigan celebrando los bailes en el local del vecino D. Antonio Rodríguez Calvo.
2. Que éstos tendrán lugar los días festivos y horas de CUATRO Y MEDIA A SEIS Y MEDIA de sus tardes.
3. Que los derechos de entrada serán, para mozos SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS y para mozas VEINTICINCO CÉNTIMOS POR DÍA de baile.
4.Que de estos derechos abonará D. Antonio Rodríguez, para fines benéficos la cantidad de QUINCE pesetas al mes.
5. Que no se permitirá la entrada en el baile a los varones ni hembras menores de DIEZ Y SEIS AÑOS.
6. Que el incumplimiento de estas disposiciones serán castigados con todo rigor.
Cuando menos, curiosas estas disposiciones, al menos en lo tocante a los horarios de apertura y cierre, diferencias de precio entre hombres y mujeres, edad mínima... Veamos una foto actual del lugar donde se ubicaba el salón de baile de Antonio Rodríguez, "Chiflao".
(1) AMLC. "Acuerdo sobre bailes públicos y tabernas de esta localidad". Sig. 3/32.